Asesoría Energiber Consulting

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Cuando gestionamos los gastos como autónomos, es habitual confundir lo que podemos deducir en IVA con lo que podemos deducir en IRPF. Son dos tributos diferentes y, aunque un mismo gasto puede afectar a ambos, las reglas no son iguales.

Desde Energiber Consulting, tu asesoría fiscal para autónomos en Badalona, te explicamos con claridad las diferencias entre ambos tipos de deducción, los requisitos que exige Hacienda y te damos ejemplos reales para que sepas cómo actuar en cada caso.

¿Qué es el IVA y qué es el IRPF en la actividad de un autónomo?

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido):
Es un impuesto indirecto que repercutes a tus clientes y que puedes compensar con el IVA soportado en tus gastos profesionales. Se liquida trimestralmente mediante el modelo 303.

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas):
Es un impuesto directo que grava tus beneficios como autónomo (ingresos menos gastos). Se declara trimestralmente (modelo 130) y se ajusta en la declaración anual de la Renta.

¿Qué significa deducir en IVA?

Significa restar el IVA soportado en tus facturas de gasto al IVA que cobras en tus facturas de ingreso. Esto solo se puede hacer si:

  • El gasto está vinculado directamente a tu actividad.
  • Tienes una factura completa con todos los datos exigidos (nombre, NIF, concepto, base imponible, tipo de IVA…).
  • El proveedor es sujeto pasivo de IVA (es decir, aplica IVA en su factura).

Ejemplo:
Compras un ordenador para tu trabajo por 1.210 € (1.000 € + 210 € de IVA). Puedes deducir esos 210 € en tu declaración trimestral de IVA.

¿Qué significa deducir en IRPF?

Significa incluir el gasto como un coste necesario para tu actividad, restándolo de tus ingresos brutos para calcular el beneficio. El ahorro depende del tipo de gravamen que te corresponda (normalmente entre el 15% y el 30%).

Ejemplo:
El mismo ordenador de 1.210 € se incluye como gasto en tu contabilidad y reduce tu beneficio. A efectos del IRPF, el gasto deducible es 1.000 € (la base imponible), ya que el IVA no es gasto en IRPF.

Diferencias clave entre deducir en IVA y deducir en IRPF

ConceptoDeducción en IVADeducción en IRPF
¿Qué se deduce?El IVA soportadoEl valor neto del gasto (sin IVA)
¿Requisitos?Factura completa y vinculación actividadNecesidad del gasto para el desarrollo
¿Se puede deducir parcialmente?Sí, por ejemplo, en vehículos o suministrosSí, según proporción del uso
¿Cuándo se declara?Modelo 303 (trimestral)Modelo 130 (trimestral) + Renta (anual)
¿Ahorro aproximado?21% del IVA soportado15-30% del gasto según tramo IRPF

Ejemplo práctico completo

Marta es arquitecta técnica autónoma. Compra un portátil de 1.210 € (1.000 € + 210 € de IVA) exclusivamente para su actividad.

→ En IVA, puede deducirse 210 €.
→ En IRPF, puede deducirse 1.000 € como gasto.

Carlos, por el contrario, compra el mismo portátil pero también lo usa para fines personales.

→ En IVA, solo puede deducir el 50%: 105 €.
→ En IRPF, solo podrá deducirse 500 €, salvo que justifique mayor uso profesional.

¿Y si el gasto no lleva IVA?

Muchos autónomos se preguntan si un gasto sin IVA se puede deducir. La respuesta es:

  • En IVA: no se puede deducir porque no hay cuota soportada.
  • En IRPF: sí se puede deducir, si el gasto está justificado y es necesario para la actividad.

Ejemplo:
Una tasa administrativa, una cuota colegial o un seguro sin IVA, no se puede deducir en IVA, pero sí como gasto en IRPF.

Recomendaciones para evitar errores

  • No mezcles gastos personales y profesionales.
  • Solicita siempre factura completa, no valen los tickets.
  • Clasifica correctamente cada gasto: si tiene IVA deducible, si aplica al IRPF, o a ambos.
  • Si tienes dudas, déjate asesorar por profesionales.

En Energiber Consulting, te ayudamos a estructurar tu contabilidad para aprovechar al máximo tus deducciones sin riesgos y sin errores.

¿Eres autónomo y no sabes si estás deduciendo bien?

Si eres autónomo en Badalona, desde Energiber Consulting te ofrecemos un servicio integral de gestoría y asesoría fiscal personalizada, adaptado a tu sector, tu volumen de actividad y tus necesidades reales.

Te ayudamos a:

  • Entender qué puedes deducir legalmente y qué no.
  • Presentar correctamente tus modelos trimestrales de IVA e IRPF.
  • Llevar tu contabilidad con total seguridad.

¿Necesitas asesoría? Contacta con nosotros para una consulta personalizada y descubre cómo podemos ayudarte.